Ayudas para armadores y tripulantes durante las paradas para la recuperación de caladeros
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible destina novecientos mil euros a apoyar las paradas temporales de la flota andaluza de arrastre y cerco del Mediterráneo (700.000 euros) y las embarcaciones de cerco que faenan en el Golfo de Cádiz (200.000 euros) a lo largo de 2021.
Entre los adjudicatarios de estas subvenciones anunciadas recientemente por la consejera Carmen Rizado, se hallan tanto armadores, cuyo presupuesto para incentivos asciende a 420.000 euros; como tripulantes, a quienes se destina una dotación global de 480.000 euros. Las paradas temporales favorecen el descanso de los caladeros y con esto la recuperación de las especies para contribuir al objetivo de alcanzar el desempeño máximo sostenible de los recursos.
Como recoge el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el propósito de estas ayudas previstas en el programa operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (dos mil catorce-2020) es compensar las paradas temporales que efectúan los barcos durante 2021.
En el caso de la flota de arrastre de fondo de las provincias de Almería y Granada y de cerco del Golfo de Cádiz, esta inactividad se produce entre el 1 y el 28 de febrero; y las embarcaciones de esta modalidad de Málaga y Cádiz continúan sin actividad del 1 al 31 de mayo, mientras que los cerqueros del litoral mediterráneo, dejan de faenar entre el 1 y el 31 de marzo.
La consejera del ramo, Carmen Rizado, ha destacado la implicación del campo pesquero andaluz con la conservación de los recursos naturales y el ecosistema marino, apuntando que los «pescadores de Andalucía son ejemplo de sostenibilidad tanto en su actividad diaria a bordo de las embarcaciones como en su cooperación con la limpieza de los mares a través del proyecto ‘Ecomares'».
Para acceder a las ayudas, los armadores y tripulantes deben haber llevado a cabo alguna actividad pesquera en el mar durante por lo menos 120 días en los un par de años naturales anteriores a la data de presentación de la solicitud.
En cuanto a la duración de la parada temporal de las embarcaciones beneficiarias, la normativa establece un periodo de treinta días para la flota de arrastre y cerco del Mediterráneo, exceptuando a los navíos de arrastre de fondo de Almería y Granada, a los que se aplica un plazo de 28 días. En el caso de la flota de cerco del Golfo de Cádiz, asimismo son 28 los días susceptibles de compensación.
Presentación de solicitudes
Los interesados en beneficiarse de las subvenciones relativas a las paradas temporales de las flotas de arrastre de fondo de Almería y Granada y de cerco del Golfo de Cádiz, pueden solicitar las ayudas en un plazo de diez días hábiles a partir del jueves 18 de marzo. Este mismo día comienza también el período de quince días hábiles establecidos a fin de que los armadores y tripulantes de los barcos de cerco del Mediterráneo efectúen este trámite.
Por su lado, los profesionales del arrastre de Málaga y Cádiz pueden presentar su petición de ayudas a lo largo de los diez primeros días hábiles de la parada temporal establecida para esta flota.
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarlo.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.