Ordenan el refuerzo de medidas de prevención antiterroristas durante la Navidad
El Ministerio del Interior ha ordenado un «refuerzo de especial intensidad» de las medidas de prevención, protección y respuesta previstas en el vigente Nivel 4 de activación del Plan de Prevención y Protección Antiterrorista ante la inminente celebración de las fiestas navideñas, periodo caracterizado por una importante y numerosa participación y presencia de ciudadanos en todo tipo de acontecimientos y desplazamientos masivos por todo el territorio nacional.
La decisión se tomó este martes, 14 de diciembre, en una sesión extraordinaria de evaluación de la amenaza terrorista presidida por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, «en la que se concluyó que persisten altos niveles de riesgo de actuaciones terroristas que aconsejan mantener activado el Nivel 4″, sobre una escala de 5, según ha informado este departamento ministerial.
La instrucción dictada este miércoles por el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, ordena «un robustecimiento de los dispositivos de seguridad y de las capacidades de inteligencia, de control y seguimiento antiterrorista por parte de los Cuerpos de Seguridad del Estado, así como por el resto de los cuerpos policiales y demás instituciones, organismos y operadores, públicos o privados».
Periodo de activación
En ese sentido, las medidas de especial intensidad durante este específico periodo estarán dirigidas a dar especial vigilancia y protección de lugares y espacios, medios de transporte, acontecimientos religiosos, de ocio o lúdicos en general, en los que pueda preverse una alta concentración de personas, así como la vigilancia y protección de los objetivos estratégicos e infraestructuras críticas que son imprescindibles para el normal funcionamiento de la actividad ciudadana.
La especial intensificación de las medidas señaladas en la instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad será de aplicación en todo el territorio nacional, entrará en vigor a las 0:00 horas del próximo 21 de diciembre y se extenderá hasta las 24:00 horas del día 9 del próximo mes de enero.
Difusión de las medidas
Las delegadas y delegados del Gobierno en aquellas comunidades autónomas que cuenten con cuerpos de policía propios o unidades adscritas de la Policía Nacional darán traslado urgente de esta instrucción a las autoridades autonómicas y convocarán, si fuera necesario, las reuniones de información y coordinación necesarias para ejecutar el contenido de la instrucción del secretario de Estado.
Además, la Secretaría de Estado de Seguridad ha remitido esta instrucción a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para que la distribuya entre los responsables de los cuerpos de Policía Local para incorporar así sus capacidades operativas y asegurar los objetivos preventivos buscados con el refuerzo de las medidas antiterroristas.
Asimismo, la Unidad Central de Seguridad Privada de la Policía Nacional comunicará estas instrucciones a las empresas de seguridad privada para que refuercen los servicios, procedimientos y medidas de colaboración correspondientes al vigente nivel de activación antiterrorista.
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarlo.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.