Amplían el plazo para solicitar las ayudas a empresas y autónomos
La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo tiene previsto ampliar hasta el 30 de septiembre el plazo para solicitar las ayudas a la solvencia empresarial dirigidas a empresas y trabajadores autónomos aprobadas por el Gobierno de España y dotadas en su conjunto con 7.000 millones euros, de los que 1.109 millones (un 15,8%) corresponden a la comunidad autónoma de Andalucía.
Así lo ha avanzado este martes la comisionada para el Plan Director de Políticas de Empleo, Fina Martínez, quien ha apuntado que la Junta va a «apurar al máximo» para el plazo de solicitud de estas ayudas -ampliándolo desde el día 15 hasta el 30 de septiembre-, teniendo en cuenta que la Administración autonómica tiene que «resolver antes del 31 de diciembre» de este año.
«Vamos un poco justos», porque, si no se resuelven y pagan las ayudas antes del 31 de diciembre, «tenemos que devolver al Estado esos fondos» recibidos, pero «entendemos que todo nuestro esfuerzo debe ir encaminado a conceder esos 1.109 millones«, ha manifestado la citada representante de la Consejería de Empleo.
El departamento que dirige Rocío Blanco es el encargado de tramitar las solicitudes de ayudas, aplicando las medidas aprobadas por el Gobierno de España en el marco del Real Decreto ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. Hasta seis consejerías de la Junta están involucradas en la resolución de estas ayudas, que van dirigidas a empresas y autónomos de más de 400 actividades económicas (CNAE).
La comisionada para el Plan Director de Políticas de Empleo ha insistido en lamentar que el decreto estatal establece «un laberinto» en el procedimiento para acceder a estas ayudas, no obstante lo cual la Junta «ha diseñado un procedimiento muy sencillo, en dos fases sólo», para «intentar liberar al administrado de todas las complicaciones que acarrea la normativa», según ha defendido.
PASOS PARA SOLICITAR LAS AYUDAS
Así, para solicitar estas ayudas, empresas y autónomos interesados han de cumplimentar, en primer lugar, un sencillo formulario en la web denominado ‘Solicitud de asistencia previa ante la AEAT’, una actuación previa a la solicitud formal donde se recoge la autorización del solicitante para consultar los datos fiscales que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ha de suministrar a la Junta de Andalucía para el cálculo de la subvención aplicable en el caso de cumplir con los requisitos establecidos. Para cumplimentar este primer paso es para lo que la Consejería tiene previsto ampliar el plazo hasta el 30 de septiembre.
En segundo lugar, los posibles beneficiarios a los que se les ha notificado que pueden solicitar la ayuda, han de rellenar un segundo formulario de ‘Solicitud de subvención a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado’, que da inicio al procedimiento administrativo.
La representante de la Consejería de Empleo ha explicado que «solamente se concede la ayuda para facturas que hayan estado generadas entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, y que se paguen o hayan pagado desde el 1 de junio de 2021», de forma que «el empresario cumplidor que ha pagado en tiempo y forma no tiene derecho a las ayudas», según ha llamado la atención Fina Martínez.
La comisionada del Plan Director de Políticas de Empleo ha detallado que, hasta ahora, la Junta cuenta con «12.000 solicitudes que nos llevarían a conceder en torno a un tercio de los 1.109 millones que tenemos asignados».
Al respecto, ha comentado que «necesitamos muchas más solicitudes para poder conceder esta inyección económica» al tejido productivo andaluz que considera «fundamental», por lo que ha realizado un llamamiento animando a que «todas las personas que tengan deudas impagadas procedan a la solicitud de la ayuda», remarcando también que «todas las deudas y las facturas que se generaron en mayo y se hayan pagado en junio son objeto de la subvención».
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