Los Presupuestos contemplan 61 millones para subir el precio hora de la ayuda a domicilio
Europa Press. La consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, Rocío Ruiz, ha informado en sede parlamentaria que el presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2021 contempla una partida de 61 millones de euros para el servicio de ayuda a domicilio, «lo que permitirá su incremento del precio hora, tras 10 años congelado, con el objetivo de mejorar la calidad de la atención y las condiciones laborales de las trabajadoras de la dependencia».
Por otra parte, Ruiz ha anunciado que «desde este Gobierno se está trabajando, en colaboración con las entidades locales, en la elaboración de un nuevo proyecto de Orden de regulación del Servicio de Ayuda a Domicilio en Andalucía para mejorar su gestión, adecuando procedimientos y contenidos a las necesidades actuales en pro de garantizar la prestación del servicio como derecho subjetivo a pesar de la situación provocada por la crisis del Covid-19. Asimismo, la nueva norma incluirá cláusulas sociales en la contratación del servicio con el fin de garantizar los derechos y deberes de las profesionales».
Así como en el marco de la Estrategia Ética en Servicios Sociales de Andalucía, «se promoverá, junto a las organizaciones y colegios profesionales, la elaboración de un código de ética profesional».
Además del servicio derivado de la Ley de la Dependencia, el Servicio de Ayuda a Domicilio se presta en el marco del Plan Concertado como prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios para la población que no está siendo atendida por el sistema de la dependencia por carecer de grado y nivel o no ha recibido aún la prestación del servicio y se encuentra en situación de necesidad del mismo.
Según ha subrayado la consejera, esta Orden persigue «establecer un régimen jurídico común de este servicio, tanto como prestación del Servicio Público de Servicios Sociales como de la Ley de la Dependencia de 2006, unificando las condiciones».
Entre sus novedades, establece el proyecto de intervención social como procedimiento para garantizar el carácter integral de la atención y su continuidad; elimina la valoración de la situación económica en el baremo para el acceso de este servicio no vinculado a la Ley de Dependencia, que sí será tenido en cuenta para fijar su aportación al coste del servicio; e introduce la figura del personal de coordinación tanto en la entidad local como en la empresa prestadora.
SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
El Servicio de Ayuda a Domicilio, como recurso del sistema de la dependencia, lo organizan las entidades locales mediante la contratación de empleadas públicas o de empresas prestadoras. Para ello, la Consejería de Igualdad ha transferido, en lo que va de año 2020, a los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y diputaciones provinciales «la cantidad de 338,8 millones de euros, lo que supone 51 millones más que en el mismo periodo de 2018», ha apuntado.
Asimismo, «se trata de uno de los servicios de mayor alcance», ha destacado, para añadir que a 30 de septiembre de 2020, 93.113 personas en situación de dependencia en Andalucía «son atendidas en sus domicilios a través de este recurso«, lo que supone «el 31 por ciento del total de prestaciones en nuestra comunidad, conviertiéndolo en el servicio más demandado».
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarlo.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.