Repara tu Deuda Abogados cancela 32.026€ en Llucmajor (Mallorca) con la Ley de Segunda Oportunidad
/COMUNICAE/
El despacho de abogados cuenta con más de 20.000 casos de particulares y autónomos en situación de sobreendeudamiento
Repara tu Deuda Abogados, despacho de abogados líder en España en la tramitación de la Ley de Segunda Oportunidad, ha logrado una nueva cancelación de deudaen Baleares. Mediante la gestión de Repara tu Deuda Abogados, el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Palma de Mallorca (Baleares) ha dictado beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (Bepi) en el caso de una persona de Llucmajor (Mallorca), que había acumulado una deuda de 32.026 euros a la que no podía hacer frente. VER SENTENCIA
Como explican los abogados de Repara tu Deuda, «solicitó varios préstamos. Sin embargo, aunque lo intentó, se vio incapaz de devolverlo todo. Poco a poco había generado una deuda demasiado elevada para su economía. Por esta razón, decidió empezar el proceso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Ahora ya dispone de su cancelación y puede empezar una vida libre de deudas».
Según afirman desde Repara tu Deuda, «España fue uno de los países que más tiempo tardó en incorporar a su sistema la Ley de Segunda Oportunidad, un mecanismo previsto para la cancelación de las deudas de las personas físicas, incluyendo en este apartado a los autónomos. Se daba así cumplimiento a la Recomendación de la Comisión Europea de 2014″.
A pesar de haber sido aprobado hace más de siete años, todavía muchas personas desconocen la existencia de este mecanismo legal. Otras, directamente, no comienzan el proceso porque creen de forma equivocada que va a ser más complicado de lo que realmente resulta.
Repara tu Deuda Abogados ha ayudado desde que fuera creado en septiembre de 2015 a muchos particulares y autónomos que han puesto su historia de sobreendeudamiento en sus manos para reactivarse en la vida económica. Más de 20.000 han confiado en ellos. Esto supone haber superado la cifra de 120 millones de euros exonerados a sus clientes, que proceden de todas las comunidades autónomas de España.
Esta legislación ampara a particulares y autónomos al eximirles del pago de sus deudas si demuestran que han actuado de buena fe, que el importe debido no supera los 5 millones de euros y que no han sido condenados por delitos socioeconómicos en los diez últimos años.
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