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El despacho de abogados está especializado en la aplicación de esta legislación desde sus inicios
El Juzgado de Primera Instancia nº50 de Barcelona (Catalunya) ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) aplicando la Ley de Segunda Oportunidad en el caso de una persona con una deuda de 20.957 euros a la que no podía hacer frente . VER SENTENCIA
Esta persona, de Barcelona (Catalunya), acudió a Repara tu Deuda, primer despacho que tramita la Ley de Segunda Oportunidad en España, ahogada porque debía dos préstamos que no podía asumir ya que, anteriormente, su jornada laboral se había visto reducida y, con ello, sus ingresos. Tras estudiar el caso en profundidad, los abogados de Repara tu Deuda iniciaron los trámites para que se acogiera a la Ley de Segunda Oportunidad ya que era factible que pudiera conseguir el resultado deseado, como así ha sido.
Hay que destacar que, a medida que pasan los años, esta legislación resulta más conocida. Y es que puede decirse que cada día se están produciendo cancelaciones de deudas en alguna parte de España. Esto está haciendo que muchas personas que se encuentran en una situación de bloqueo económico debido a las deudas confíen en la Ley de la Segunda Oportunidad y soliciten el servicio de abogados especialistas en nuestro país.
Los abogados de Repara tu Deuda, especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad, señalan como claves del éxito en el proceso «contar con los mejores abogados en este mecanismo, una óptima tecnología digital y siempre tener en consideración el factor humano, tan importante para tratar con personas que han visto como no podían salir del sobreendeudamiento en el que se encontraban».
En estos momentos, el despacho ha conseguido superar la cifra de 110 millones de euros exonerados a sus clientes, lo que le convierte en el líder destacado del mercado de cancelación de deudas de particulares y autónomos. Desde su creación en septiembre de 2015, se dedica exclusivamente a la aplicación de esta legislación.
La Ley de Segunda Oportunidad permite la exoneración de la deuda de particulares y autónomos. Para hacerlo posible, es necesario que se cumplan una serie de condicionantes previos como que el deudor haya actuado de buena fe, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los diez últimos años y que el importe de la deuda no sea superior a los 5 millones de euros.
Fuente Comunicae
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