Andalucia Buenas Noticias

Repara tu Deuda cancela 18.000€ en Sant Boi de Llobregat (Barcelona) con la Ley de Segunda Oportunidad

/COMUNICAE/

El despacho de abogados está especializado en la Ley de Segunda Oportunidad desde sus inicios en 2015

Repara tu Deuda, despacho de abogados líder en España en la Ley de Segunda Oportunidad, ha logrado cancelar una nueva deuda en Catalunya. Se trata del caso de una persona residente en Sant Boi de Llobregat (Barcelona) con una deuda que ascendía a 18.000 euros que no podía asumir. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº2 de Sant Boi de Llobregat (Barcelona) ha considerado que podía ser beneficiario de la Ley de Segunda Oportunidad. VER SENTENCIA

Los abogados de Repara tu Deuda nos explican que en su caso «se encontraba en situación de impagos. A este hecho, se le unió que le redujeron el salario. El sobreendeudamiento por los préstamos era cada vez mayor. Ante esta situación, no tuvo más remedio que acogerse a este mecanismo. Ahora, gracias a Repara tu Deuda Abogados y a la Ley de Segunda Oportunidad, puede empezar de nuevo desde cero».

Repara tu Deuda Abogados puso en marcha su actividad en septiembre del año 2015 cuando  entró en vigor la ley en España. Desde entonces, se dedica exclusivamente a la aplicación de esta legislación. Su experiencia le lleva a ser líder indiscutible en el mercado de cancelación de deudas de particulares y autónomos al haber superado la cifra de 110 millones de euros exonerados con la Ley de Segunda Oportunidad.

El despacho cuenta con 20.000 clientes que han puesto su historial de sobreendeudamiento en sus manos. Para ofrecerles garantías, Repara tu Deuda Abogados publica en su página web todas las sentencias dictadas por los juzgados españoles en las que ellos han participado. Además, algunos beneficiarios deciden contar su testimonio en primera persona para animar así a otros particulares y autónomos a empezar el procedimiento.

Para poder acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad es necesario cumplir con una serie de requisitos previos. Entre ellos el importe de la deuda no debe ser superior a los 5 millones de euros, no se han podido cometer delitos socioeconómicos en los diez últimos años y ha de ser considerado un deudor de buena fe.

Fuente Comunicae