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Condenado un vecino de Bormujos por descargar pornografía infantil

Condenado un vecino de Bormujos por descargar pornografía infantil

La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha condenado a un varón por un delito de tenencia de material pornográfico infantil, tras ser localizados en su teléfono móvil numerosos vídeos y fotografías de «menores de muy corta edad» realizando actos sexuales.

En una sentencia emitida el pasado 3 de junio y recogida por Europa Press, se declara probado, por conformidad del acusado, identificado como José C.M., que el mismo, el 22 de noviembre de 2020 «procedió a descargar 16 archivos con un contenido sexualmente explícito de menores de edad, generándose un respaldo de archivos en su cuenta de Google asociada a la cuenta de (…) a través de un dispositivo que utilizaba una dirección IP de la que era titular», siendo localizada dicha dirección IP con su domicilio en la localidad aljarafeña de Bormujos.

La sentencia especifica que el 8 de septiembre de 2021 fue acometido un registro policial en su domicilio, en Bormujos, interviniendo allí los agentes un teléfono móvil marca Huawei P40Lite en el que se encontraba almacenada una carpeta titulada como «Caja Fuerte» a la que, «plenamente sabedor de su contenido, había limitado su acceso mediante su huella o clave con la subcarpeta «Imágenes», que contenía 350 archivos; y la subcarpeta «Vídeos» con 13 archivos, entre los que se figuraban imágenes que mostraban «claramente cómo menores de muy corta edad realizan felaciones a adultos o son penetrados anal o vaginalmente».

Aceptación de los hechos

«Igualmente, en las aplicaciones principales fueron localizados archivos de idéntica naturaleza, al igual que el historial del navegador refleja que se han descargado numerosos archivos que reflejan poses o actos sexuales de menores de edad con adultos, siendo el último archivo descargado el 31/08/2021 y almacenado en la carpeta de descargas del citado terminal», declara probado la sentencia, tras aceptar el encartado los hechos atribuidos.

Dado el caso, la Sección Séptima de la Audiencia condena al inculpado como autor de un delito de tenencia de material pornográfico infantil, a tres meses de prisión y la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por tiempo de dos años y tres meses, pesando que el condenado ya estuvo en prisión 19 días tras su arresto inicial.

Además, la sentencia condenatoria ordena «el decomiso de los dispositivos intervenidos que, una vez se haya procedido al borrado total, seguro e irrecuperable de su contenido, serán entregados a la unidad policial actuante para su utilización e las labores de investigación que vienen desempeñando o, en su defecto, se procederá a su destrucción».

Fuente: Europa Press