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El ocio nocturno podrá abrir hasta las 3

El ocio nocturno podrá abrir hasta las 3

El Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas han aprobado este miércoles, dentro del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el documento de obligado cumplimiento para la ‘nueva normalidad’ en la que, entre otras muchas medidas, se deja abrir los locales de ocio nocturno hasta las tres horas en aquellos territorios que no tengan peligro o estén en nivel 1 del ‘semáforo’ de Sanidad.

Asimismo, conforme se recoge en el documento, se establece cerrar los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, como en los bares y restaurantes de playa o chiringuitos, a las 1.00 h y prohibir fumar en espacios al aire libre siempre que no se sostengan los dos metros de distancia.

Aforos

Específicamente, en relación a la hostelería, se apunta que en los territorios fuera de los niveles de riesgo el aforo tolerado va a ser de 50 por ciento en interior pudiéndose incrementar en un 10 por ciento si se aplican medidas de control de riesgos que garanticen un nivel alto de ventilación y control de la calidad del aire.

En las terrazas al aire libre se van a poder ocupar la totalidad de las mesas toleradas debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas. Además, se deja el servicio y consumo en barra, sosteniendo la distancia ya antes citada, y las mesas van a tener un límite de seis personas en interior y de 10 en exterior.

En los niveles de alerta 1 a 4 se proseguirá lo establecido en el documento de ‘Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisión de Covid-19‘, aprobado por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

El ocio nocturno tendrá que cerrar a las 3

La apertura de los locales de ocio nocturno se podrá autorizar cuando la situación epidemiológica de la unidad territorial de referencia para el control de la Covid-19 de la comunidad autónoma en la que se encuentre el local esté fuera de los niveles de peligro o bien en nivel de alarma 1 de acuerdo al documento ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19’.

En ambos escenarios se proseguirán las recomendaciones que se proponen para el nivel de alerta 1 en dicho documento como, por poner un ejemplo, que el consumo de bebidas y comestibles, tanto en zonas interiores como exteriores, se va a hacer sentado en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad un mínimo 1,5 metros entre las sillas de diferentes mesas.

Tampoco se va a poder superar el 50 por ciento de aforo máximo dentro del local, aunque las terrazas al aire libre de estos establecimientos van a poder ocupar la totalidad de las mesas permitidas siempre asegurando la distancia entre mesas antes mentada.

El horario de cierre de estos establecimientos va a ser como máximo a las 3.00 h. Sin embargo, cuando la unidad territorial de referencia para el control de la Covid-19 de la comunidad autónoma en la que se halle el local esté en nivel de alarma 2, siempre y cuando los indicadores complementarios para la estimación del nivel de alerta presenten una evolución favorable, la comunidad autónoma podrá valorar autorizar la apertura de locales de ocio nocturno con las limitaciones que se plantean en el documento ‘Actuaciones de respuesta ordenada para el control de la transmisión de Covid-19’.

Estudio de seroprevalencia

Otras medidas contempladas en el documento aprobado pasan por efectuar la quinta ronda del ‘Estudio Nacional de Seroprevalencia ENE-Covid’, tras lograr el objetivo de cobertura de vacunación del setenta por ciento de la población y, en todo caso, antes que finalice el año dos mil veintiuno.

Por otra parte, y alén de este documento, el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han aprobado que el documento ‘Medidas de prevención, higiene y promoción de la salud en frente de Covid-19 para centros educativos en el curso dos mil veintiuno-2022’ pase a ser una Declaración de Actuaciones Ordenadas (DAC), haciendo así obligatoria su implantación.

6 CCAA en contra

Los Gobiernos autonómicos de la Comunidad de Madrid, País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía y Murcia han votado en contra de estas propuestas del Ministerio de Sanidad, según informan a Europa Press fuentes de la asamblea. Este documento de Sanidad asimismo se ha encontrado con la abstención de Castilla y León y de la ciudad autónoma de Melilla.

Algunas autonomías ya se habían posicionado contra este boceto, como ha sido el caso de la Comunidad de la capital española, cuyo Ejecutivo autonómico ha señalado que esto era una «imposición» de Sanidad y recordando que las Comunidades Autónomas ya han desarrollado su normativa tras el estado de alarma.

Por ello, esta misma tarde ha anunciado que proseguirá aplicando la normativa regional al disentir de los criterios de Sanidad. En cualquier caso, Darias ha recordado que este documento se ha aprobado en forma de declaración de obligado cumplimiento y ha recordado que, en la última discrepancia con el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso, al final terminaron cediendo.

Fuente: Europa Press