Plan de movilidad sostenible al trabajo: menos de seis meses para que miles de empresas cumplan la ley
Con la Ley de Movilidad Sostenible, las empresas con centros de más de 200 trabajadores deben aprobar su plan de movilidad sostenible al trabajo antes de diciembre de 2026. Zeolos ya acompaña a empresas para llegar al plazo con un plan medible y auditable
Las empresas españolas tienen menos tiempo del que creían para cumplir una nueva obligación legal. El Real Decreto-ley 7/2026 modificó la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible y redujo de veinticuatro a doce meses el plazo para disponer de un plan de movilidad sostenible al trabajo (PMST). Con la ley en vigor desde diciembre de 2025, el plazo vence en diciembre de 2026, y afecta a todos los centros de trabajo de más de 200 personas trabajadoras —o 100 por turno—, tanto en el sector privado como en el público.
La obligación no es un trámite que pueda resolverse en la recta final. El plan debe negociarse previamente con la representación legal de las personas trabajadoras y, una vez aprobado, comunicarse a la autoridad competente de cada comunidad autónoma para su incorporación al registro público de movilidad. Las empresas con centros en varias comunidades deben tramitar un plan por cada territorio. Todo ello convierte a la negociación y la elaboración técnica en un proceso de meses, no de semanas.
El punto débil de muchos planes está en cómo se mide. La práctica habitual consiste en reconstruir los desplazamientos de la plantilla a partir de encuestas de hábitos, un dato autodeclarado que difícilmente resiste una auditoría o una verificación de sostenibilidad. Zeolos aborda el problema desde la medición objetiva: su plataforma tecnológica reconstruye los trayectos reales de cada empleado hasta el centro de trabajo, lo que permite diseñar escenarios de optimización y calcular las emisiones de CO₂ de los desplazamientos con datos verificables, no con estimaciones declaradas.
«El plazo se ha acortado a la mitad y muchas empresas todavía no lo saben», señala Miguel Ángel Carcelén, CEO de Zeolos. «Pero el verdadero riesgo no es llegar tarde, sino llegar con un plan que no soporte una revisión. Un plan de movilidad se mide con datos objetivos o no sirve para nada más allá del papel. El reto es que la empresa llegue a diciembre con un plan real, negociado y defendible».
Cumplir con el PMST tiene además un beneficio poco conocido: al reconstruir los desplazamientos de la plantilla, la empresa obtiene sin coste adicional el cálculo de las emisiones asociadas al trabajo (Alcance 3, categoría de desplazamientos in itinere), un dato cada vez más exigido en el reporting de sostenibilidad y en la directiva europea CSRD. La obligación legal se convierte así en un activo de gestión ambiental.
Zeolos ya está desarrollando planes de movilidad para empresas que quieren anticiparse al plazo y aprovechar el proceso para reforzar su estrategia de sostenibilidad. Las organizaciones que deseen comprobar si su centro de trabajo está obligado, y con qué plazo, pueden solicitar una evaluación inicial sin compromiso.
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