Interfunerarias explica los derechos y ayudas disponibles tras el fallecimiento de un familiar
/COMUNICAE/
En España, son múltiples las ayudas y prestaciones que hay vigentes por la pérdida de un familiar, según detallan expertos del sector funerario
Hasta que no ocurre, la mayoría de las personas desconocen cuáles son sus derechos cuando fallece un familiar directo. Por eso, conocer esta información con antelación puede evitar más de un quebradero de cabeza en esos momentos tan duros.
En este sentido, desde Interfunerarias, empresa líder en el sector, destacan en primer lugar las pensiones de viudedad y orfandad como las prestaciones más conocidas. Tanto los cónyuges y parejas de hecho del fallecido como sus hijos tienen derecho a cobrar estas prestaciones contributivas si el familiar fallecido se encontraba dentro del Régimen General de la Seguridad Social (en situación de alta o asimilada) durante, al menos, 500 días dentro los últimos 5 años o 15 años dentro de toda su vida laboral. Las cuantías de ambas pensiones dependen de la base reguladora del causante, aunque existen unas cantidades mínimas garantizadas.
Pensiones dirigidas a otros familiares
Ahora bien, lo que no todo el mundo sabe es que existen otras prestaciones que buscan compensar económicamente a otros familiares que también lo pueden necesitar. Hablamos de la pensión en favor de familiares, dirigida a nietos, hermanos y ascendientes, siempre que acrediten que convivían y dependían económicamente del fallecido durante por lo menos los dos años anteriores a su muerte y que carecen de otros medios para la subsistencia.
Más allá de las pensiones: los subsidios
Las pensiones hasta ahora mencionadas tienen como requisito fundamental el hecho de que la persona fallecida haya estado cotizando durante un periodo mínimo a la Seguridad Social. Pero ¿qué ocurre si no se cumple este o cualquier otro requisito legal para acceder a la prestación correspondiente? Para estos casos existen los subsidios, que buscan cubrir esas situaciones de necesidad que no entran dentro de la norma. Hay, por ejemplo, un subsidio en favor de familiares y un subsidio por defunción, aplicable solo en determinadas circunstancias especiales.
Ayudas para funerales o entierros
Para aquellos casos en los que los gastos del sepelio resulten complicados de afrontar, se puede acudir al auxilio por defunción. Se trata de una cuantía que, aunque no es alta (no llega a los 50 euros), puede suponer una pequeña ayuda para muchas familias.
¿Y si la muerte se produce fuera de España?
En este caso, los familiares no dispondrán de ninguna ayuda económica, pero sí administrativa. A través de la Oficina Consular correspondiente recibirán toda la información necesaria y allí se harán cargo de llevar a cabo todos los trámites para efectuar el traslado, aunque su coste correrá a cargo de la familia.
Finalmente, desde Interfunerarias recuerdan que la familia más cercana del difunto (pareja de hecho o cónyuge y familiares de hasta segundo grado) tiene también derecho a un permiso laboral de dos días naturales. Un permiso que, en caso de necesitar viajar a otra localidad, se ampliará hasta los cuatro días. Aunque existe una excepción: los trabajadores del sector público, que, a través de su propio estatuto, tienen este periodo ampliado a tres días si el suceso tiene lugar en la misma localidad, y a seis días si necesitan viajar.
Lefebvre resume en una guía las novedades y… Las familias monoparentales suman a las 16 semanas de la madre biológica las 10 adicionales que corresponderían al otro progenitor,…
Talleres Murillo explica las diferencias entre… /COMUNICAE/ El taller de coches en Monzón (Huesca) desglosa las diferencias clave entre neumáticos de invierno y neumáticos all-season, proporcionando…
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarlo.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.