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El tiempo y los gastos en la custodia compartida de una mascota

/COMUNICAE/

Abogados Fernández Blasco se hace eco de la información aportada por El Comercio sobre la custodia de las mascotas en caso de divorcio

Abogados Fernández Blasco, despacho de abogados en Cáceres con un equipo de abogados en Cáceres, se hace eco de la información aportada por El Comercio sobre la custodia de las mascotas en caso de divorcio y los regímenes de visitas y gastos. 

Muchas parejas se divorcian y tienen animales de compañía que les acompañan y de los cuales no quieren separarse. Hace un año, se aprobó la Ley 17/2021 sobre el régimen jurídico de los animales. Las medidas deben adoptarse atendiendo a los intereses de los miembros de la familia, sin tener en cuenta quien es el propietario del mismo. 

Cuando la familia también está formada por un niño, en el convenio se opta por qué la mascota acompañe al pequeño. En el caso de solo ser la mascota, se alterna en el tiempo, siendo este de meses o quincenas. Los gastos los asume la parte de la pareja que lo tenga en ese periodo de tiempo, aunque los gastos de veterinarios se dividen a la mitad. 

Sin embargo, este convenio no está cerrado y cada familia lo puede gestionar de una forma diferente. En el caso, de que no estén casados y la pareja solo esté conviviendo, se puede realizar un documento ante notario, quedándose una copia cada una de las partes. 

En los puntos del documento deben aparecer: 
Las personas que se van a ocupar de los cuidados de la mascota; la forma de afrontar los gastos de alimentación y de veterinario; el acuerdo de los cuidadores para decisiones de importancia en el veterinario y transmitir el animal a un tercero; y forma de reparto de tiempo y gastos en caso de separación. 

Fuente Comunicae