/COMUNICAE/
El Tribunal Supremo acaba de dictar dos sentencias sobre el crédito revolving, votadas y falladas el mismo día, y que vienen a aclarar la confusión en torno a este producto financiero, según Lexer Abogados
Por un lado, la sentencia 662/2022 de 13 de octubre aborda las consecuencias de una posible declaración de nulidad de un contrato por usura y la sentencia 643/2022 de 4 de octubre analiza el posible carácter usurario o no de un precio.
Con respecto a la sentencia 662/2022 sobre un caso de una tarjeta revolving de Cajamar, el Alto Tribunal ratifica que, si el tipo de interés de la tarjeta es declarado nulo por usura, todo el contrato de dicha tarjeta también será nulo, no sólo la cláusula de intereses, con independencia de lo que hayan pedido las partes. En este sentido, el Tribunal Supremo destaca:
«[…declaramos que «las consecuencias de dicha nulidad son las previstas en el art. 3 de la Ley de Represión de la Usura, esto es, el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida.
Esta doctrina es igualmente aplicable al presente caso, aunque el pronunciamiento declarativo solicitado ciñera la nulidad no a todo el crédito sino a la cláusula de intereses remuneratorios, pues en la medida en que se fundaba en su carácter usurario, el efecto de la apreciación del interés usurario era el legal del art. 3 de la Ley de Usura».
Como señala Samuel Tronchoni, Responsable de Litigación de Lexer Abogados «El Alto Tribunal no entra a valorar en esta sentencia si el precio es o no usuario. Lo que hace es ratificar que, si el interés es declarado usuario, todo el contrato será nulo. Esto es, no solo la cláusula de precio, sino el contrato en su totalidad».
La cuestión del precio de una tarjeta revolving se aborda en la sentencia 643/2022 de 4 de octubre sobre una tarjeta de Barclays. Tronchoni apunta: «el Alto Tribunal vuelve a insistir en que para determinar si el precio de una tarjeta revolving es usuario, no se puede comparar con los precios de otros productos de financiación al consumo. Hay que fijarse en la TAEs medias del mercado de las tarjetas revolving en el momento de la firma de contrato, afirmando que, en la década de 1999 a 2009, los precios habituales de las tarjetas revolving oscilaban entre un 23% y un 26%».
Así lo expone el Tribunal Supremo en la sentencia 643/2022 de 4 de octubre:
[Los porcentajes a que se refiere el recurso de casación no son correctos, porque se refieren a créditos al consumo y, como se ha dicho anteriormente, es más adecuado tomar en consideración otros productos más similares a los créditos revolving, como las tarjetas recargables o de las de pago aplazado, que en la fecha de celebración del contrato tenían un interés medio del 24,5% anual y en la década 1999/2009, osciló entre el 23% y el 26%; en todo caso, siempre en un rango superior al interés pactado en el caso litigioso»]
Fuente Comunicae
También te puede interesar...
- El Tribunal Supremo refuerza la protección de los… /COMUNICAE/ El despacho Valoira Abogados, expertos en Derecho Laboral, analiza la reciente sentencia del día 18 de noviembre que exige…
- El despacho de Atalanta y Abogadas aclara cuándo se… /COMUNICAE/ Es fundamental antes de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad saber en qué momento del proceso, el…
- Según una nueva encuesta de AirHelp, estas son las… /COMUNICAE/ Obtener poca información sobre el estado de un vuelo, las restricciones de tamaño con el equipaje, la falta de…
- Asesority convierte la deuda de una tarjeta… /COMUNICAE/ Asesority logra recuperar 219.197 euros en intereses abusivos para un cliente gallego, anulando contratos de tarjetas revolving y microcréditos…
- La IA aporta a los trabajadores españoles casi una… /COMUNICAE/ The Adecco Group, el mayor grupo de talento comprometido con las personas, presenta la quinta edición de su Informe…
- La Audiencia Provincial de Madrid cambia su criterio… /COMUNICAE/ La Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia clave que modifica su criterio sobre…
- Treezor obtiene la certificación PCI DSS y refuerza… /COMUNICAE/ Treezor, líder en Banking-as-a-Service (BaaS), se ha convertido en uno de los primeros proveedores de BaaS en obtener la…
- El Supremo confirma que el Ayuntamiento de Córdoba… /COMUNICAE/ El Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de la entidad y declara firme la sentencia de la Audiencia Provincial…