La ley de sociedades de capital y las publicaciones en el BORME
/COMUNICAE/
La ley de sociedades de capital impone que determinados actos jurídicos de las empresas sean publicados en el Boletín Oficial del Registro Mercantil de Empresas (BORME). Se trata de actos que, por su relevancia, deben ser de dominio público
La obligación de publicar en el BORME
Los actos jurídicos empresariales tienen que ser publicados en este boletín. Hay que tener en cuenta que se trata del instrumento principal para centralizar la información significativa relativa a las organizaciones inscritas en el Registro Mercantil.
De esta manera, los consumidores y los empresarios pueden encontrar los datos que les interesen acerca de las principales decisiones que se toman en el seno de estas empresas. Son determinaciones que, como se señalaba anteriormente, deben pertenecer al dominio público por el hecho de que afectan a quienes tengan alguna relación con las empresas, ya sean, por ejemplo, accionistas o dueños de otras sociedades.
Publicar en el BORME supone una obligación inexcusable para los empresarios, puesto que ciertos actos jurídicos (que entrañan cambios en las constituciones y participaciones de las firmas) requieren la publicidad que establece en su articulado la Ley de Sociedades de Capital. Dicha obligación, por su parte, rige a nivel nacional, por lo que no existen excepciones al respecto en función de la comunidad autónoma en la que tenga el domicilio social la empresa.
El BORME y los anuncios publicados
Cabe señalar, respecto al BORME y los anuncios publicados, que existen dos versiones de esta publicación. Por un lado, la física, en papel de toda la vida. Por otro, la online. Es preciso recordar que ambas tienen idéntica validez.
En todo caso, a los usuarios que deseen rastrear en el BORME en Madrid les conviene hacerse con un buen buscador en línea. De esta forma, van a ahorrar tiempo y evitar acumulación de papeles en la localización de entradas sobre sociedades concretas dentro de la edición online. Como esta publicación periódica es de ámbito nacional, son miles las noticias de empresas que aparecen.
Este boletín es editado, publicado y difundido por parte de la Agencia Estatal del Boletín del Estado. Este organismo, el cual depende del Ministerio de la Presidencia, se encarga también de la edición, publicación y difusión del Boletín Oficial del Estado (BOE).
No obstante, el BOE se rige por otras normas. No son publicados en sus páginas los mismos anuncios del BORME. En él se pueden leer, básicamente, disposiciones generales del Estado y de las comunidades autónomas, convocatorias, requisitorias, citaciones y resoluciones pertenecientes al nivel territorial estatal. Por consiguiente, van a poder publicar en sus números los actores que tengan potestad para firmar los tipos de actos jurídicos reseñados.
En cuanto a la concreción de los anuncios que deben aparecer en esta publicación, vale la pena reseñar que se trata de una serie de actos jurídicos de extraordinaria relevancia para el devenir de las firmas. A continuación, un repaso a los que, en este aspecto, no pueden ser soslayados.
– Las modificaciones que tengan que ver con la denominación y el domicilio social.
– Los cambios en el capital y la estructura.
– Las fusiones por absorción y escisiones producidas en el seno de la firma.
– Las variaciones que se produzcan en el accionariado, como las reducciones y ampliaciones de capital.
– La totalidad de las emisiones de obligaciones.
– Las correcciones que se tengan que llevar a cabo respecto a anuncios previamente publicados en este mismo boletín.
– La reactivación o disolución de una sociedad.
– Cuando la organización se tenga que declarar insolvente.
– Otros avisos y anuncios que de naturaleza legal.
La convocatoria de una junta general ordinaria o extraordinaria
La convocatoria de una junta general ordinaria o extraordinaria, para que sea legal, ha de venir precedida de su publicación en el boletín mercantil. Pero hay que recordar que publicar una junta general requiere ajustarse a unos plazos y otras condiciones.
Conviene saber que las convocatorias de las juntas generales, tanto las ordinarias como las extraordinarias, de las sociedades anónimas deben ser publicadas 30 días antes de que se celebren. En el caso de las sociedades limitadas, este plazo se acorta a 15.
En todo caso, los textos mediante los que se convoquen las juntas generales han de contener, para garantizar su validez, determinados datos. Son los siguientes:
– En ciertas ocasiones, el informe relativo a las cuentas anuales.
– Se puede llegar a requerir el informe de la comisión de nombramientos.
– Si existe la comisión de auditoría, se puede solicitar el informe de auditoría.
– En caso de que se haya realizado, un detalle del cambio de domicilio social.
– Las propuestas de acuerdos.
– Tras el domicilio social y la fecha, la firma del órgano de administración.
Cumplir la ley sociedades capital en el BORME
Por último, resulta interesante subrayar que existen empresas que facilitan el cumplimiento de las obligaciones de publicación de estos actos jurídicos (como publicar una fusión). De esta manera, se garantiza la legalidad de las determinaciones empresariales y se evitan las sanciones que les podrían ser impuestas.
Se trata de empresas especializadas en la confección de los anuncios que tienen que aparecer en los boletines oficiales. Sus expertos dominan, por tanto, los registros jurídico y administrativo, además de conocer los pormenores legales acerca de plazos y requisitos para que los anuncios surtan los efectos oportunos.
La dinámica para utilizar estos servicios resulta sencilla. Es menester rellenar en una plantilla el texto que se desea que aparezca en el boletín oficial o incluso en la prensa de referencia. Según la complejidad del anuncio en cuestión y la premura del plazo a respetar, se va a generar un presupuesto.
Los técnicos de la empresa que va a gestionar la publicación, que aúna cualificación y experiencia en esta clase de trabajos, van a revisar la adecuación a la normativa aplicable. En esta revisión, comparten, antes de publicar el texto definitivo, las sugerencias y correcciones con sus clientes.
En definitiva, para que los actos jurídicos de una sociedad adquieran naturaleza legal, la ley de sociedades de capital impone que estos sean publicados en el Boletín Oficial del Registro Mercantil de Empresas (BORME) en tiempo y forma, en el boletín mercantil. Por eso, puede ser recomendable recibir asistencia técnica por parte de empresas especializadas en estos procedimientos.
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