Modifican el tiempo de validez de las pruebas de antígenos para entrar en España
Sanidad ha publicado una resolución por la cual modifica los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, en la que se aceptaban como válidos los certificados de test de detección de antígeno cuya muestra hubiera sido obtenida dentro de las 48 horas anteriores a la llegada a España.
La modificación sigue la recomendación hecha por la Unión Europea por la cual se establecerá un periodo de validez no superior a las 24 horas para dichas pruebas, y será efectiva a partir del 1 de febrero.
De esta forma, se aceptarán como válidos los certificados de prueba diagnóstica negativa perteneciente a alguno de los siguientes tipos:
1. Pruebas de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la llegada a España.
2. Test de detección de antígeno incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígeno para COVID-19, publicada por la Comisión Europea en base la R comendación del Consejo 2021/C 24/01, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 24 horas anteriores a la llegada a España. El certificado de prueba diagnóstica deberá incluir, al menos, la siguiente información:
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