Europa Press. El Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha aprobado una ‘Instrucción sobre señalización y calificación de contenidos audiovisuales televisivos’ en la que se fijan los criterios de avisos acústicos y visuales y el sistema de clasificación por edades que deben aplicar los prestadores audiovisuales bajo la competencia de este órgano. El objetivo es salvaguardar el derecho que tienen los menores, padres, madres y educadores a disponer de la información y los medios adecuados para un acceso responsable a los programas.
El CAA busca así una mejor protección de los más jóvenes ante los contenidos audiovisuales, a través de facilitar el control parental y de fomentar la alfabetización mediática al proporcionarse una selección crítica de los programas. Estos criterios serán además los que utilice el Consejo en sus labores de vigilancia y control de la adecuada calificación por parte de las cadenas.
Según un comunicado, la instrucción se ha elaborado de acuerdo con los estándares y criterios básicos establecidos a nivel nacional. De esta forma, se desarrollo lo dispuesto en la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) y en el Código de Autorregulación de Contenidos Televisivos e Infancia, así como en la Ley Audiovisual de Andalucía (LAA), que extiende la obligación de señalización a los servicios a petición no sometidos a restricciones horarias.
Ante los nuevos hábitos de consumo audiovisual, el CAA considera necesario, por un lado, un comportamiento activo de padres y educadores y, por otro, el establecimiento de sistemas homogéneos y coherentes independientemente del soporte o medio a través de los que se acceden a los contenidos: televisión, plataformas de intercambio de vídeos, cine, videojuegos, etcétera. Asimismo, determinados horarios y periodos requieren de una sensibilidad especial de las prestadoras para evitar que las personas menores de edad accedan a contenidos inadecuados.
La instrucción estipula que los prestadores de servicio de comunicación audiovisual televisiva bajo competencia del Consejo deben calificar y señalizar los contenidos que emiten de acuerdo con los criterios establecidos en el Código de Autorregulación sobre Contenidos Televisivos e Infancia, aprobados y verificados por la autoridad audiovisual nacional. El sistema de calificación y señalización se aplicará a los programas y también a los contenidos promocionales de los mismos.
Las series, miniseries y tv movies, así como los largometrajes y cortometrajes que no hayan sido previamente valorados por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), serán calificados por el prestador de televisión en abierto.
CRITERIOS PARA LA CALIFICACIÓN
Las variables que las operadoras deben analizar para evaluar el grado de idoneidad para cada categoría de edad son la violencia, el sexo, el miedo o la angustia, las drogas y adicciones, la discriminación, conductas imitables y el lenguaje. A su vez, cada uno de estos contenidos se subdivide en otros y se valorarán según unos moduladores previstos en función del tipo de presencia o presentación, de la intensidad, del grado de realismo o la frecuencia, en su caso, determinando finalmente la franja de edad adecuada para poder visionar el programa en concreto.
De esta forma, y en el caso por ejemplo de los contenidos violentos, cuando estos se presenten de forma realista, explícita y detallada se calificará para mayores de 12 años; para mayores de 16 cuando además sea frecuente; y para mayores de 18 años cuando además se haga de forma positiva o con recursos que potencien el impacto.
Asimismo, la violencia sexual tendrá una consideración más restrictiva que el resto.
Los criterios que deberán aplicarse en el caso de que los programas no hayan sido objeto de una calificación previa son el género, los contenidos positivos para la infancia y los contenidos potencialmente perjudiciales para la infancia.
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